Decreto 1731/2014

Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2014



MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1731/2014

Designaciones en la Unidad de Información Financiera.

Bs. As., 30/9/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0017003/2014 del registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, las Decisiones Administrativas Nros. 477 del 16 de septiembre de 1998 y 31 del 5 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Decisión Administrativa Nº 477/98 en su artículo 1º constituye el Gabinete de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Secretarios, Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, el Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla anexa al mismo.

Que el artículo 3º de la Decisión Administrativa mencionada dispone que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas en los términos de su artículo 2º, podrá ser administrado por el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los Secretarios y Subsecretarios, el Jefe de la Casa Militar, el Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciendo en su inciso a) la figura del Auxiliar de Gabinete.

Que por la Decisión Administrativa Nº 31/13 se incorporó el cargo de Presidente de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los artículos 1°, 2° y 3°, como así también en el inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98 y sus modificatorias.

Que el Presidente de la citada UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA solicita la designación de TRES (3) Auxiliares de Gabinete.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada —en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001— en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la...

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