DECRETO 497 / 2019 DECRETO de 2 de Diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor11 de Diciembre de 2019
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29635
Fecha de Publicación11 de Diciembre de 2019
Número de documento75740

DECRETO N° 497/3 (ME), del 02/12/2019.-

EXPEDIENTE N° 224/389-A-2019

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Unidad de Control Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (I.P.S.S.T.), gestiona la aprobación de un reajuste de haberes derivados de la "Asignación Mensual y Personal (Código 040-556)", a favor del señor José Domingo Gregorio Albornoz, en virtud de la ley N° 7.652 y del Decreto N° 1.115/3 (ME)-2010, y

CONSIDERANDO:

Que la ley mencionada en el Visto otorgó, a partir del 1° de septiembre de 2005, una asignación mensual y personal a favor de los jubilados y pensionados provinciales y municipales incluidos en el Convenio de Transferencia de los Sistemas Previsionales de la Provincia de Tucumán y del Municipio de San miguel de Tucumán al Estado Nacional, aprobado por la Ley N° 6.772, sus modificatorias y concordantes.

Que por Decreto N° 3.596/3-SH del 12/11/2009 modificado por Decreto N° 1.115/3 (ME) del 28/04/2010, se deja establecido que todos los reajustes de haberes correspondientes a jubilados y pensionados trpnsferidos serán exclusivamente dispuestos por el Poder Ejecutivo.

Que por Decreto N° 2956/3(ME)-2017 se dispuso un reajuste de la Asignación Mensual y Personal (Código 040-556) para jubilados y pensionados transferidos a partir de setiembre de 2017, y conforme a lo informado (a foja 13) por la Unidad de Control Previsional del I.P.S.S.T., en el caso del Sr. Albornoz percibió en tal concepto la suma de $373,74, correspondiendo re liquidar dicho concepto resultando un importe de $1.403,02 desde septiembre de 2017.

Que a foja 16 la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Economía informa que se realizaron las verificaciones pertinentes, y se expide en sentido favorable respecto al concepto reclamado.

Que a foja 19 interviene el Subsecretario de Gestión Previsional y a foja 21 emite informe de su competencia la Contaduría General de la Provincia.

Que en consecuencia, resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la respectiva medida administrativa.

Por ello y en mérito al Dictamen Fiscal N° 2683 del 06/11/2019, obrante a foja 24,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la liquidación efectuada -a foja 11- por la Unidad de Control Previsional del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (I.P.S.S.T.) en concepto de reajuste de haberes derivados de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR