Decreto 2324/2013
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 20 de Diciembre de 2013 |
JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto2324/2013Dase por prorrogada designación del Director de Producción Limpia y Consumo Sustentable.
Bs. As., 20/12/2013
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0043884/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2805 de fecha 28 de diciembre de 2012 y lo solicitado por la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2013.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 2805 de fecha 28 de diciembre de 2012 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a Dn. Emilio César AM (D.N.I. Nº 4.392.580) como Director de Producción Limpia y Consumo Sustentable de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar una prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la...
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