Decreto N° 2.465
Emisor | Mrio. de Hacienda y Finanzas |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2013 |
Mendoza, 17 de diciembre de 2013
Visto el Expte. N° 17325-G-13-00020 en el cual la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación solicita una modificación presupuestaria para las jurisdicciones y unidades de gestión de crédito que se detallan a fs. 01 de la pieza administrativa antes señalada; y
CONSIDERANDO:
Que con la modificación presupuestaria solicitada, será posible adecuar las partidas de publicidad oficial a las necesidades de ejecución;
Que asimismo y con el objeto de contar con la disponibilidad de los créditos que se otorgan, se tramita la liberación del ritmo del gasto, en el marco legal dispuesto por el artículo 6° del Decreto-Acuerdo N° 1/13;
Que la modificación presupuestaria no implica un aumento del gasto a nivel global;
Por ello y en virtud de la facultad conferida por el artículo 10 de la Ley N° 8.530 - Presupuesto 2013, artículos 2° del Decreto-Acuerdo N° 354/13, 4° del Decreto-Acuerdo N° 8/01 y 6° del Decreto-Acuerdo N° 1/13;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúese a la modificación presupuestaria dispuesta por el artículo 1° del presente decreto, del ritmo del gasto dispuesto por el Decreto-Acuerdo N° 1/13.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas; Cultura y de Infraestructura y Energía.
Notifíquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia para su registración.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Marcelo Fabián Costa
Rolando Daniel Baldasso
Marizul Beatriz Lilia Ibáñez
PLANILLA ANEXA I
Expte. N° 17325-G-13-00020 - Decreto N° 2465
Ejercicio 2013
N° CUC: 906
Nro. Comp.: 1212
0
0
00/00/00
1
22
01
CU6212
413 01
999
11.250.726,69
0,00
131000000
0
1
06
03
H96090
413 01
0
0,00
1.250.726,69
131000000
0
1
23
03
SA6255
413 01
0
0,00
10.000.000,00
131000000
0
11.250.726,69
11.250.726,69
Publicación: por única vez el 17/01/14
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