Decreto 1508/2013

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2013



JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS

Decreto1508/2013Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la Subsecretaría de Evaluación del Presupuesto Nacional de la Secretaría de Evaluación Presupuestaria.

Bs. As., 3/10/2013

VISTO el Expediente Nº CUDAP:EXP-JGM: 0025520/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1473 del 16 de septiembre de 2008, 332 del 26 de marzo de 2013, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2013.

Que mediante el Decreto Nº 1473 del 16 de septiembre de 2008 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Contador Público Nacional D. Daniel Santiago LANDERRECHE como Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar la nueva prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio...

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