Decreto 1414/2013

EmisorMinisterio de Seguridad
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2013



MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto1414/2013Dase por prorrogada designación en la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Coordinación, Planeamiento y Formación.

Bs. As., 17/9/2013

VISTO el Expediente Nº 8943/2013 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 622 de fecha 18 de mayo de 2011 y 947 de fecha 21 de junio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 622/11, prorrogado por su similar Nº 947/12, se designó transitoriamente al Licenciado Don Guillermo Andrés FERRO (D.N.I. Nº 27.550.729) por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como Coordinador de Carrera y Relaciones Laborales de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION dependiente de la ex SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de la designación transitoria aludida.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el agente involucrado en el presente decreto, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02 por haber dado cumplimiento oportunamente.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta...

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