DECRETO 451 / 2023 DECRETO / 2023-11-27

Fecha de publicación14 Diciembre 2023
Fecha27 Noviembre 2023
Número de Gaceta30.614
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 451/7 (MS), del 27/11/2023.
EXPEDIENTE N° 41135/213-D-2023 y Agdo.-
VISTO que por las presentes actuaciones el Departamento General de Policía tramita la reglamentación de la Ley N° 9.146; y
CONSIDERANDO:
Que el Jefe de Policía conformó una "Comisión de Trabajo" para la elaboración del proyecto de reglamentación del artículo 3° de la Ley N° 9.146 relativo a la distribución de lo recaudado en concepto de Servicio Adicional destinado a equipamiento y asistencia social del personal policial. Designó a sus integrantes indicando sus funciones, atribuciones y plazo para cumplir la tarea encomendada (fs. 01)
Que la Comisión de Trabajo así conformada elaboró un proyecto de reglamentación (fs. 05/10) que fue sometido a consideración del Jefe de policía (fs. 19) y del Secretario de Estado de Seguridad (fs. 21), realizando luego algunas modificaciones (fs. 26/32)
Que constan las intervenciones oportunas de las siguientes áreas de la policía: División Servicios Sociales (fs. 04 y 18), Auditoría Interna (fs. 14), Dirección de Administración (fs. 15) y Asesoría Letrada General (fs. 16).
Que en una nueva intervención, la Comisión de Trabajo realiza una revisión del articulado propuesto y presenta un nuevo Proyecto de Reglamentación, mediante la cual se fija las pautas para la distribución de las sumas recaudadas, destinadas al otorgamiento de ayudas económico-sociales para empleados policiales, que es avalado por el Jefe de policía con su rúbrica (fs. 36/39)
Que la Asesoría Letrada del ministerio de Seguridad emite opinión favorable al nuevo proyecto (fs. 41).
Que la Ley N° 9.146 establece el régimen jurídico de funcionamiento del sistema denominado Servicio Adicional de Vigilancia y Seguridad, a convenir por la policía de la provincia de Tucumán con las instituciones públicas y privadas que lo soliciten, que debe retribuirse por medio de un arancel.
Que el artículo 3° de la norma prevé la aplicación y porcentajes de distribución de los fondos que se recauden por el Servicio Adicional. Entre esas aplicaciones, dispone que el 15% de lo recaudado se destinará a atender gastos administrativos y operativos de la Policía de Tucumán, así como para adquirir equipamiento policial y brindar asistencia social al personal Policial, según lo determine la reglamentación.
Que el proyecto remitido, consta de seis artículos; en su artículo 1° establece su objeto, cual es fijar los lineamientos que regulen el otorgamiento de las ayudas económicas a los empleados...

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