Decreto 1799/2008

Fecha de publicación07 Noviembre 2008
Fecha de disposición07 Noviembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31527

Convalídanse contrataciones celebradas por el Organo de Control de Concesiones Viales.

Bs. As., 4/11/2008

VISTO el Expediente N° 4381/2007 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley N° 26.078, los Decretos N° 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, N° 491 del 12 de marzo de 2002, y N° 601 del 11 de abril de 2002, y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 19 de enero de 2006, y CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de los Decretos N° 491/02 y N° 601/02, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ejerce, en el ámbito de su competencia, el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones y determinados movimientos de personal.

Que atento a ello el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, propicia la contratación de las personas que se detallan en el ANEXO que integra la presente medida, a fin de asegurar y perfeccionar la labor que efectúa dicho Organismo.

Que por el Artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 1184/01 se autorizó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, con carácter de excepción, mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el Artículo 1° del mencionado Anexo a disponer la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.

Que en las contrataciones propiciadas se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que el personal involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado del cumplimiento de lo establecido en la Circular N° 4 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 15 de marzo de 2002, por no existir reingreso en la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la...

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