Decreto 566/2013

Fecha de disposición21 Mayo 2013
Fecha de publicación22 Mayo 2013
SecciónDecretos
Número de Gaceta32644



TRANSPORTE FERROVIARIO

Decreto566/2013Dispónese la constitución de la sociedad “Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima”.

Bs. As., 21/5/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0011400/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que las competencias en materia de transporte originariamente asignadas al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han sido transferidas a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en virtud de lo establecido en los Decretos Nros. 874 y 875, ambos del 6 de junio de 2012.

Que por la Resolución Nº 585 de fecha 22 de octubre de 2012 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se dispuso la intervención administrativa de la gestión llevada adelante por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.) en virtud del Contrato celebrado con fecha 13 de junio de 2006 y que fuera prorrogado por el artículo 6° del Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008, para la operación temporaria de los servicios incluidos en la concesión aprobada por el Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999.

Que por la Resolución Nº 28 de fecha 4 de febrero de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se dispuso dar por concluidas la gestión y operación del contrato de gerenciamiento celebrado con la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA (S.O.E.S.A.).

Que la rehabilitación del FERROCARRIL GENERAL BELGRANO es una herramienta central para alcanzar objetivos de política económica general y en particular para el desarrollo regional, a través del aumento de la capacidad total del sistema nacional de transporte de cargas, permitiendo la conexión entre los centros de producción con los puertos y los centros de acopio y consumo, resultando éste un factor clave en el desempeño y crecimiento de las economías provinciales para la colocación de sus productos.

Que en tal sentido y a los fines de lograr una administración y operación, integral y eficiente de la infraestructura y servicios para el transporte de carga en el sector de la red ferroviaria nacional integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO, resulta necesario disponer la constitución de la sociedad “BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA”, bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales —t.o. 1984— y sus modificatorias y las normas de su Estatuto Societario, que tendrá por objeto la prestación y explotación comercial del servicio, la operación y logística de trenes, la atención de estaciones, el mantenimiento del material rodante, infraestructura, equipos, terminales de carga y servicios de telecomunicaciones y todas las demás actividades complementarias y subsidiarias del sector de la red nacional ferroviaria integrada por el FERROCARRIL GENERAL BELGRANO y de los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.

Que en función de preservar la accesibilidad, continuidad y calidad del servicio ferroviario de cargas prestado a los usuarios, resulta necesario que dicha sociedad pueda asimismo extender sus cometidos a los sectores de la red ferroviaria nacional que en un futuro se le asignen.

Que los artículos y de la Ley Nº 26.352 y los estatutos sociales de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO, aprobados por Decreto Nº 752 de fecha 6 de mayo de 2008 (Anexos I y II, respectivamente), reconocen a ambas sociedades la capacidad de formar parte de sociedades y efectuar aportes a las mismas.

Que en el artículo 6° del Estatuto de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO aprobado como Anexo A del Decreto Nº 1456 del 4 de septiembre de 1987 se reconoce a dicha sociedad la competencia para constituir o participar en sociedades del estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria u otras sociedades por acciones.

Que a su vez, la importancia que tiene el transporte de cargas y su integración con los puertos y el comercio por vías navegables, hace conveniente que la sociedad a crearse se encuentre integrada por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que en consecuencia, BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA estará conformada por la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, por la SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO y por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que corresponde atender a diferentes cuestiones vinculadas a la creación de la nueva sociedad BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 1771 de fecha 29 de octubre de 2008 dispuso el inicio del proceso de terminación del Contrato de Concesión suscripto con la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA que fuera aprobado por Decreto Nº 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999, instruyendo al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR