Decreto 436/2023

Fecha de publicación30 Agosto 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorPRESUPUESTO


Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-92995239-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional, con el objeto de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.

Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, incorporando el impacto de las mejoras en las remuneraciones dispuestas por normas legales durante el presente año, de gastos de funcionamiento, erogaciones contempladas en la planilla anexa al artículo 116 de la Ley Nº 27.701, el cumplimiento de los artículos 17 y 83 de la citada ley, equipamiento, créditos para pago de subsidios, compensaciones, becas, transferencias a universidades, otras transferencias varias y erogaciones que hacen al cumplimiento del cometido de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.

Que con el objeto de afrontar gastos salariales y de funcionamiento de Inteligencia, es menester reforzar el presupuesto vigente de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN; del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismos desconcentrados actuantes en el ámbito del citado MINISTERIO DE SEGURIDAD; del MINISTERIO DE DEFENSA, del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismos desconcentrados actuantes en el ámbito del citado MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta necesario reforzar los créditos presupuestarios de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, como así también del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA con el fin de atender sentencias judiciales firmes.

Que por la Resolución N° 428 de fecha 29 de junio de 2023 del MINISTERIO DE SEGURIDAD se incrementó el haber mensual del personal de las Fuerzas de Seguridad, razón por la cual resulta necesario incrementar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, para afrontar las necesidades asociadas a la atención de Jubilaciones, Retiros y Pensiones.

Que, asimismo, corresponde incrementar el presupuesto destinado a gastos de funcionamiento de la mencionada Jurisdicción.

Que por la Resolución Conjunta N° 29 de fecha 29 de junio de 2023 del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA se incrementó el haber mensual del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, en función de lo cual se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas.

Que, en consecuencia, resulta necesario reforzar el presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que resulta necesario incorporar horas cátedra para la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el fin de posibilitar el dictado de actividades de capacitación en el Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación (CIPE).

Que por la Resolución N° 109/23 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se establece el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.

Que, en tal sentido, corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) destinado al pago de prestaciones...

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