Decreto 2226/2012

Fecha de disposición19 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Noviembre 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 19/11/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0017888/2012 del registro de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, las Leyes Nros. 26.728 y 25.164, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la citada ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante financiado Nivel C del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, en el ámbito de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, como así también a lo dispuesto en el inciso f) del artículo 5º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que la persona propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo en cuestión.

Que la medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos y 10 de la Ley Nº 26.728 y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR