DECRETO 3865 / 2017 DECRETO de 17 de Noviembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Diciembre de 2017
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2017
Número de Boletín29143
Fecha de Publicación 6 de Diciembre de 2017
Número de documento63345

DECRETO N° 3.865/5 (MEd), del 17/11/2017.

EXPEDIENTE N° 005107/230-C-16.-

VISTO las presentes actuaciones por la cuales la señora María Antonia Córdoba, Personal Auxiliar dependiente del Ministerio de Educación, solicita hacer uso de la opción de continuar su actividad laboral hasta los 65 años de edad, por haber sido intimada a iniciar los beneficios previsionales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 793/5 (MEd) de fecha 30/12/15, se ordena intimar a la recurrente en los términos del artículo 9°, inciso 4) de la Ley N° 5.473, a iniciar y/o completar ante el organismo competente, el trámite tendiente a la obtención del beneficio previsional que corresponda con ajuste a las normas previsionales vigentes (fojas 06/07).

Que a fojas 02/03, 05 y 08 se adjuntan copias de D.N.I., Carta Documento por la cual se la notificó del Decreto de Intimación y Situación de Revista.

Que a fojas 09/10 toma intervención la Dirección de Personal del área educativa.

Que a fojas 11 emite opinión la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación.

Que al momento de emitirse el Decreto N° 793/5 (MEd)-15, la recurrente contaba con la edad exigida en la normativa invocada (Ley N° 24.241) para acceder a la Jubilación Ordinaria.

Que lo expuesto se acredita de la Situación de Revista de la agente, de la que surge que posee a la fecha la edad y los años de servicios requeridos en su caso por la Ley N° 24.241 y reglamentos nacionales y provinciales complementarios para obtener la Jubilación Ordinaria Total y Definitiva.

Que el artículo 19° de la mencionada Ley dispone que: "Tendrán derecho a la prestación básica universal (PBU) y a los demás beneficios establecidos por esta Ley, los afiliados: a)...; b) Mujeres que hubieran cumplido sesenta (60) años de edad; c) Acrediten treinta (30) años de servicios de aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad. En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán...

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