Decreto 707/2012

Fecha de disposición09 Mayo 2012
Fecha de publicación14 Mayo 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 9/5/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0021018/2010 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 927 del 17 de julio de 2007, Nº 1719 del 27 de noviembre de 2007 y Nº 521 del 21 de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 927/07 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES al agente Jorge Luis ORTIZ (DNI Nº 8.282.359), en el cargo de Inspector Auxiliar, Nivel E - Grado 0, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 1719/07 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 927/07.

Que por el Decreto Nº 521/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 1719/07.

Que asimismo a través del Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 5 de septiembre de 2008.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles por lo que resulta indispensable prorrogar dicha designación por un período adicional de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más, contados a partir del dictado de la presente medida.

Que la Ley Nº 26.546 fue prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº...

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