Decreto 177/2011

Fecha de disposición10 Diciembre 2011
Fecha de publicación16 Abril 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 10/12/2011

VISTO el Expediente S04:0001751/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita el recurso jerárquico deducido por la Alcaide del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, Licenciada Patricia Andrea BRANDONE (M.I. N° 12.728.942), contra la Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 852 de fecha 15 de octubre de 2009.

Que mediante el acto impugnado se declaró a la recurrente, junto a otros agentes de dicha Institución, en situación de disponibilidad a los efectos del retiro obligatorio, a partir del 1° de diciembre de 2009 y hasta el 31 de mayo de 2010, inclusive, con arreglo a lo normado por los artículos 101, incisos a) y c), y 57, inciso b), de la Ley N° 20.416.

Que desde el punto de vista formal, y de acuerdo con las constancias obrantes, el recurso fue interpuesto dentro del plazo establecido por la normativa vigente.

Que el acto recurrido se fundamenta en los artículos 101, incisos a) y c), y 57, inciso b), de la Ley N° 20.416, que prevén el pase a situación de retiro obligatorio del personal penitenciario que, anualmente y para cada escalafón, determine la reglamentación a la citada ley y el de los agentes que hayan alcanzado el límite de edad establecido para su grado o que hayan computado TREINTA (30) años de servicio, respectivamente.

Que el artículo 55 del Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, aprobado por el Decreto N° 54 de fecha 10 de enero de 1976 y sus modificatorios, establece que a los efectos del retiro obligatorio anualmente deberán producirse un mínimo de CINCO (5) vacantes en el grado de Alcaide, siempre que por otras causas no se motivaran.

Que el acto recurrido fue dictado a instancias del Director Nacional del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL sobre la base de lo aconsejado por la Junta Superior de Calificaciones, que propuso la nómina de agentes que debían pasar obligatoriamente a retiro, a través del Acta N° 32 de fecha 1° de octubre de 2009.

Que la referida propuesta fue oportunamente aprobada, a través de la Resolución del Director Nacional del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL N° 1941 de fecha 6 de octubre de 2009.

Que la razonabilidad del mecanismo de eliminaciones contemplado en el artículo 101, inciso a), de la Ley N° 20.416, y su reglamentación, se encuentra garantizado por la observancia de un procedimiento específico dirigido a adoptar la decisión de...

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