Decreto N° 381
Emisor | Mrio Trabajo Jus. y Gob. |
Fecha de la disposición | 5 de Marzo de 2012 |
DECRETO N° 381
Mendoza, 5 de marzo de 2012
Visto el Expediente 186-G-12-00020, mediante el cual se solicita la aprobación de la estructura orgánica de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación y de la Secretaría Coordinación de Gabinete, creadas por la Ley de Ministerios N° 8385; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Mendoza en su Artículo 128 enumera las atribuciones del Poder Ejecutivo, fijando en su inc. 1) que el Gobernador tiene a su cargo la administración general de la Provincia, por lo que es de su competencia aprobar las estructuras orgánicas de sus dependencias;
Que se estima conveniente fijar la competencia general de cada organismo, sin prejuicio de determinar las competencias particulares y específicas de cada uno de ellos oportunamente;
Que por Resolución se aprobarán las estructuras correspondientes a nivel de subdirección y niveles inferiores;
Que por Decreto Acuerdo N° 3634/11 se autorizó a los Señores Ministros y Secretarios a aprobar las nuevas estructuras mediante decreto simple;
Que a los efectos de producir una economía procedimental y de recursos humanos y físicos resulta conveniente mantener las actuales estructuras de soporte administrativo para ambas Secretarías;
Que corresponde realizar una modificación presupuestaria a fin de ajustar el crédito en la partida de personal;
Que es necesario cubrir el costo de los cargos clase 076 Asesor de la Gobernación creado por Decreto N° 880/10 -vacante y cargo clase 080 creado por Decreto N° 3634/11, ambos cargos se encuentran sin crédito para lo cual se utilizará parte del crédito disponible en el Artículo 65 de la Ley N° 8399 -Presupuesto Vigente año 2012;
Que a fojas 29 obra el informe de la Subdirección de Personal de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación;
Por ello, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 38 de la Ley N° 8385/11 y los Artículos 9° y 65 de la Ley N° 8399 - Presupuesto vigente año 2012;
Artículos 1°, 31 y 46 del Decreto-Acuerdo N° 110/12, reglamentario de la misma,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese la estructura organizativa de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación y Secretaría Coordinación de Gabinete, según el organigrama, misiones y funciones que se establecen en el presente decreto, y los Anexos I y II que forman parte integrante del mismo.
1- Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación
Secretaría Privada
Subsecretaría Legal y Técnica
Subsecretaría de Gestión Pública
Subsecretaría de Comunicación Pública
Dirección de Administración
Dirección de Servicios Generales
Dirección de Informática y Comunicaciones
1.1-Subsecretaría Legal y Técnica
Escribanía de Gobierno
1.2-Subsecretaría de Gestión Pública
Dirección de Herramientas de Gestión Pública
Dirección de Planificación, Monitoreo y Control de Políticas Públicas
Dirección de Recursos Humanos
Dirección de Capacitación en Administración Pública
Dirección de Casa de Mendoza
1.3-Subsecretaría de Comunicación Pública
Dirección de Comunicación y Prensa
Dirección de Comunicación Digital y Redes
Dirección de Contenidos Especiales
2- Secretaría Coordinación de Gabinete
Secretaría Privada
Asesoría en Ceremonial y Protocolo
Establézcase la Unidad Organizativa 20 -Secretaría Coordinación de Gabinete, en el carácter 1 de la Jurisdicción 04 a partir del presente Ejercicio Financiero.
Dispóngase la creación de la Subsecretaría de Comunicación Pública en el ámbito de la Jurisdicción 04, unidad organizativa 01 de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación.
Mediante Resolución, el Secretario General Legal y Técnico de la Gobernación y el Secretario de Coordinación de Gabinete, diagramarán y aprobarán las estructuras organizativa de sus dependencias a partir de lo niveles de subdirección.
Modifíquese el Decreto 363/2012 en lo referido al ámbito de pertenencia de la Dirección de Informática y Comunicaciones (DIC), dependencia que a partir de la presente norma queda radicada en la órbita de la Secretaría General Legal y Técnica de la Gobernación. Establézcase que dentro de un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, el Ministerio de Hacienda y Finanzas y Secretaría General Legal y Técnica deberán haber concluido el traspaso definitivo del personal, bienes y partidas presupuestarias de la Dirección de Informática y Comunicaciones; incluyendo la emisión de las normas legales que correspondan, según las normativas vigentes. El traspaso del personal no modificará la condición de efectivo, interino, licenciado, con retención del cargo u otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la dependencia anterior.
Deróguese toda norma que se oponga al presente decreto.
Notifíquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección General de Finanzas.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Trabajo, Justicia y Gobierno y de Hacienda y Finanzas.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
FRANCISCO HUMBERTO PEREZ
Félix Rodolfo González
Marcelo Fabián Costa
SECRETARIA GENERAL
LEGAL Y TECNICA
DE LA GOBERNACION
Misión:
Asistir al Gobernador de la Provincia en las cuestiones concernientes al Área de Gobernación.
Funciones
Coordinar las iniciativas del Poder Ejecutivo en materia de Legislación.
Propiciar el mejoramiento de la técnica normativa en la redacción de los proyectos y anteproyectos que se presenten al Gobernador de la Provincia.
Organizar y administrar el sistema de ordenamiento de las normas de la Provincia de Mendoza.
Administrar la publicación del Boletín Oficial e implementar su difusión por los medios oficiales de comunicación.
Difundir los derechos y obligaciones de los ciudadanos.
Organizar y administrar la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo del Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Confeccionar la agenda sistémica del Poder Ejecutivo.
Diseñar, proponer, organizar, supervisar y ejecutar, conforme a las pautas que fije el Poder Ejecutivo las políticas provinciales sobre recursos humanos tendientes al fortalecimiento de sus capacidades y a la jerarquización de la carrera pública del Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Entender en la elaboración y aplicación de la política salarial al sector público, coordinando la participación de otros ministerios y organismos en cuanto corresponda.
Organizar los sistemas provinciales de informática y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias que sobre la materia tienen asignadas las carteras ministeriales.
Evaluar, centralizar y registrar información y datos de servicios de consultorías, reclamos y sugerencias del ciudadano y de los empleados, convenios, becas, pasantías.
Coordinar en las distintas Casas de la Provincia de Mendoza radicadas o que se radiquen en territorio argentino y en el exterior, la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos y turísticos y todo otro de interés provincial, supervisando la participación de ellas de las distintas áreas gubernamentales.
Ejecutar el control de gestión del gobierno de la provincia, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos propuestos del Poder Ejecutivo.
Elevar los informes de control de gestión al Gobernador de la Provincia.
Diseñar, proponer y coordinar la política de transformación y modernización del Estado, determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
Diseñar e implementar los instrumentos para el monitoreo de los objetivos propuestos por el Poder Ejecutivo.
Diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo.
Coordinar y controlar la aplicación de los sistemas de información y telecomunicaciones del Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Diseñar e implementar políticas de descentralización modelos de gestión que optimicen la calidad de los servicios de los ciudadanos.
Articular la relación con la comunidad y garantizar la democracia participativa.
Coordinar un sistema único de atención y reclamos de los ciudadanos.
Coordinar el funcionamiento de la Escuela de Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Coordinar la política de transformación y modernización del Estado, de acuerdo a las pautas determinadas por el Gobernador de la Prov. de Mza.
SECRETARIA GENERAL
LEGAL Y TECNICA
DE LA GOBERNACION
Dirección de Administración
Misión:
Administrar los recursos materiales, humanos y financieros de las Secretarías con el objeto de lograr la concreción de sus fines de acuerdo a la normativa vigente.
Funciones:
Centralizar y coordinar el movimiento de ingresos y egresos de valores.
Gestionar la contratación de bienes y servicios conforme a la legislación vigente.
Coordinar la prestación de los servicios de mantenimiento, movilidad y mayordomía.
Registrar y verificar el inventario de bienes de propiedad de las Secretarías.
Gestionar la recepción, tramitación y despacho y archivo de las piezas administrativas y de la correspondencia.
Administrar los sistemas informáticos de las Secretarías.
Coordinar y participar en la elaboración presupuestaria.
Ejecutar el seguimiento, control y evaluación de la gestión presupuestaria.
Propiciar las modificaciones presupuestarias.
Registrar la ejecución presupuestaria.
Ejecutar el sistema de contabilidad de las Secretarías.
Elaborar los estados contables de acuerdo a la Ley de Contabilidad N° 3799 y sus modificatorios.
Auditar el funcionamiento de los sistemas operativos, económicos y financieros en los que participen las Secretarías, en relación a las...
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