Decreto 363 de 28 de Diciembre de 2007
La Plata, 28 de diciembre de 2007.
VISTO el expediente nº 2100-30270/07 y la sanción de la Ley de Ministerios Nº 13.757 por la cual se crea la Secretaría de Deportes, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada, dispone la elevación de la cartera Provincial de Deportes, dependiente de la ex Secretaría de Turismo y Deporte al rango de Secretaría de Estado;
Que asimismo por el artículo 29 de la de Ley en cita, se establecen las atribuciones que serán competencia de la Secretaría de Deportes;
Que es objetivo primordial del Gobierno Provincial, alcanzar una mayor optimización en el funcionamiento de los Ministerios y Secretarías de Estado, a los efectos de lograr el máximo de eficiencia en la gestión de las políticas públicas;
Que en ese entendimiento, corresponde establecer la nueva conformación organizativa de los diferentes núcleos político-estructurales correspondientes a la mencionada Secretaría, respetando los criterios de racionalidad, economía, concentración y eficiencia, brindando, a través de estructuras dinámicas y adaptables a los cambios, una rápida respuesta a las demandas de la sociedad;
Que en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 13.757, en relación a las competencias establecidas para la Secretaría de Deportes, deviene necesaria su organización;
Que la Ley mencionada ut supra incorpora a la Secretaría de Deportes competencias que necesariamente tienen que tener reflejo en las estructuras orgánicas a fin de lograr mayor eficiencia en las políticas que se desarrollen;
Que, en ese marco, es preciso organizar su estructura con el fin de agilizar las acciones que se desplieguen;
Que en consecuencia se requiere la sustitución de las estructuras actuales por una nueva que recepte las modificaciones propuestas, a los efectos de que la repartición involucrada ejerza y cumpla su cometido con mayor eficiencia y eficacia;
Que la creación de la Secretaría de Deportes por la Ley Nº 13.757, y el cúmulo y especificidad de competencias a ella atribuidas, amerita flexibilizar los lineamientos dispuestos por el Decreto Nº 1.322/05 en lo que respecta a la diagramación de su estructura;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente la Subsecretaría de la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno, corresponde que se dicte el pertinente acto administrativo;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la estructura de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo primero los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Deportes Federados; UN (1) Subsecretario de Deporte Social, Un (1) Director Provincial de Desarrollo Deportivo; UN (1) Director Provincial de Deportes Federados; UN (1) Director Provincial de Recreación y Tiempo Libre; UN (1) Director Provincial de Salud y Capacitación Deportiva, UN (1) Director General de Administración, UN (1) Director de Deportes Especiales , UN (1) Director de Clubes de Barrio, UN (1) Director de Alto Rendimiento, UN (1) Director de Relaciones con Federaciones, Asociaciones y Confederaciones, UN (1) Responsable de la Unidad de Coordinación de Grandes Eventos con rango y remuneración equivalente a Director, UN (1) Director de Campamentos y Colonias de Vacaciones; UN (1) Director de Integración Juvenil; UN (1) Director de Salud Deportiva; UN (1) Director de Capacitación Deportiva; UN (1) Responsable de la Unidad de Coordinación de Torneos Juveniles Bonaerenses con rango y remuneración equivalente a Director, UN (1) Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares, UN (1) Director de Administración, Suministros y Finanzas, UN (1) Director Delegado de la Dirección Provincial de Personal, UN (1) Responsable de la Unidad de Apoyo Administrativo y Control de Gestión con rango y remuneración equivalente a Director, UN (1) Jefe de Departamento Contable, UN (1) Jefe de Departamento Registro Patrimonial e Inventarios, UN (1) Jefe de Departamento Tesorería, Finanzas y Presupuesto y Liquidación de Gastos, UN (1) Jefe de Departamento Compras, Suministros, Contrataciones y Licitaciones, UN (1) Jefe de Departamento Subsidios, UN (1) Jefe de Departamento Legajos y Liquidación de Haberes y UN (1) Jefe de Departamento Mesa de Entradas y Protocolización, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial Ley Nº 10.430.
Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles, a partir de la fecha de publicación del presente acto en el Boletín Oficial, el titular de la Jurisdicción deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
A esos fines, y con relación al personal con estabilidad, la limitación que se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
Cumplido archivar.
Alberto Pérez | Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Jefatura de | Gobernador |
Gabinete y Gobierno |
Ministro de Economía
SUBSECRETARIA DE DEPORTES FEDERADOS
ACCIONES
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Desarrollar entre la organización federativa del deporte en la Provincia y la Secretaría, las relaciones necesarias para que se convierta en un eficaz instrumento de difusión de las políticas deportivas provinciales.
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Coordinar la investigación de los aspectos científicos y técnicos relacionados con el deporte, como así también lograr la capacitación de profesionales técnicos, entrenadores, deportistas y dirigentes para el mejor cumplimiento de los objetivos competitivos, sociales, éticos y de la salud que lleva consigo el deporte.
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Ejecutar los programas sobre el deporte federado, de alto rendimiento, amateur y para discapacitados, como así también ejecutar las políticas de promoción y fiscalización del deporte social y la recreación en todo el territorio provincial, coordinando acciones, pautas y criterios con organismos competentes e involucrados en la materia.
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Realizar estudios y análisis pertinentes para la actualización y modernización en las instituciones del deporte federado de la Provincia.
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Implementar las acciones necesarias para la adecuación de la estructura federativa a las políticas deportivas fijadas por la Provincia y la Nación.
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Instituir, seleccionar, evaluar y adjudicar becas a los deportistas bonaerenses en formación, y a los que se encuentren representando a la Provincia y/o Nación.
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Implementar un sistema eficiente, directo y fluido de comunicación entre el organismo y los distintos niveles Institucionales del Deporte Federado en todas sus manifestaciones, coordinando pautas y criterios que faciliten la planificación y ejecución de actividades.
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Fijar las condiciones a que deberían ajustarse las Instituciones Deportivas o Municipios, para recibir subsidios, subvenciones o préstamos destinados al fomento del deporte.
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Orientar, coordinar, programar, promover, asistir, ordenar y fiscalizar la actividad deportiva de la Provincia de acuerdo con la legislación vigente.
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Establecer las pautas de selección y desarrollo de las competencias de cada actividad deportiva.
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Coordinar los grandes eventos a realizar...
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