Decreto 98/2012
Fecha de disposición | 12 Enero 2012 |
Fecha de publicación | 19 Enero 2012 |
Sección | Decretos |
Bs. As., 12/1/2012
VISTO el Expediente Nº 804-074/07 del Registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE EDUCACION, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1222 del 6 de septiembre de 2007, 697 del 23 de abril de 2008, 1806 del 5 de noviembre de 2008, 936 del 21 de julio de 2009, 562 del 22 de abril de 2010 y 2236 del 30 de diciembre de 2010, y lo solicitado por dicha Comisión, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº 1222 del 6 de septiembre de 2007 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA el cargo con Funciones Ejecutivas de Directora de Administración dependiente de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.
Que en el artículo 2º del Decreto Nº 1222/07 se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 14 de febrero de 2007.
Que por el Decreto Nº 697 del 23 de abril de 2008 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por los Decretos Nros. 1806 del 5 de noviembre de 2008, 936 del 21 de julio de 2009, 562 del 22 de abril 2010 y 2236 del 30 de diciembre de 2010 se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en cada caso.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al cargo mencionado resulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del Organismo.
Que en atención a la entrada en vigencia del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, deberá adecuarse la cobertura de dicho cargo a los nuevos sistemas de selección vigentes.
Que el cargo citado no constituye asignación de...
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