Decreto 1222/2007

Fecha de disposición12 Septiembre 2007
Fecha de publicación12 Septiembre 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31237

Desígnase con carácter transitorio Directora de Administración del mencionado organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.

Bs. As., 6/9/2007

VISTO el expediente Nº 804-074/07 del registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU), organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley Nº 26.198 y los Decretos Nros. 993/91 (t.o.

1995) y 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que el Decreto Nº 868 del 11 de agosto de 1999 aprobó la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU).

Que en la citada Comisión se encuentra vacante el cargo de Director de Administración, por renuncia de su titular.

Que por Resolución Conjunta Nº 27 de fecha 6 de mayo de 2005 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se asignaron las Funciones Ejecutivas Nivel II a la mencionada Dirección.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas al cargo mencionado, resulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento del organismo.

Que la precitada designación se efectúa con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 y en el Título III, Capítulo III y Artículo 71 --primer párrafo, primera parte-- del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995) y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 14 de febrero de 2007.

Que la persona propuesta cuenta con las condiciones exigidas para la cobertura de dicho cargo, habiendo realizado la opción del inciso c) segunda parte del Artículo 19 de la Ley Nº 24.241.

Que se ha...

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