DECRETO 3342 / 2017 DECRETO de 11 de Octubre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor27 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2017
Número de Boletín29115
Fecha de Publicación26 de Octubre de 2017
Número de documento62629

DECRETO N° 3.342/1 (FE), del 11/10/2017.-

EXPEDIENTE N° 854/170-D-16.-

VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de diferencias generadas en concepto de haber previsional según sentencia en el juicio: "Barrera Rosa y Otros C/Provincia de Tucumán S/Cobros (Ordinario)" (Expte. N° 821/05) que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 se adjunta el Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1 (FE)-16 Anexo II).

Que a fs. 58/64 obra copia de Sentencia N° 528 de fecha 3 de septiembre de 2014 que hace lugar a la demanda promovida por el actor en autos.

Que a fs. 69 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que por la mencionada sentencia se hace lugar a la demanda promovida en contra de la Provincia, condenándola a liquidar el haber previsional según sentencia y a pagar las diferencias generadas por tal concepto. Posteriormente la demandada presenta planilla de liquidación de esas diferencias y se corre traslado de las mismas el 9 de octubre de 2015 según detalle que allí se expresa.

Informa que la sentencia de fondo se encuentra firme, que la deuda debe abonarse en efectivo ya que se trata de deuda no consolidada. Agrega que no existen registros de pagos, embargos o cesiones por tal concepto y que para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de planilla es el 5 de noviembre de 2015.

Que a fs. 70 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado informa que no se registra pago bajo este concepto en el juicio de referencia.

Que a fs. 72/73 y 76/77 obran planillas de cálculo confeccionadas por Dirección de Auditoría y Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado.

Que a fs. 80 se consigna la imputación...

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