Decreto 3197-2003

Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2003

DECRETO N° 3197

SANTA FE, 6 de Octubre de 2003

VISTO:

El Expediente N° 00401-0130867-2 del registro del Ministerio de Educación, en cuyas actuaciones la Dirección Provincial de Educación Superior, Perfeccionamiento Docente, Programación y Desarrollo Curricular dependiente de la Subsecretaría de Educación, la Dirección Provincial de Educación Artística de la Subsecretaría de Cultura y el Servicio Provincial de Enseñanza Privada, solicitan se dispongan ampliaciones y/o modificaciones al Reglamento Orgánico de los Institutos Superiores de la Provincia que fuera aprobado por Decreto N° 0798/1986, y las correspondientes a su similar, Decreto N° 2752/86 que regula a los Institutos Superiores de gestión privada; y

CONSIDERANDO:

Que a partir de la aprobación de la Ley Federal de Educación N° 24.195 y de la Ley Nacional de Educación Superior N° 24.521, se acordaron en el seno del Consejo Federal de Cultura y Educación los lineamientos a tener en cuenta para iniciar el proceso de transformación curricular e institucional del nivel superior;

Que dichas medidas propenden a aumentar la retención de matrícula en grados de eficiencia interna de las instituciones, y a obtener una mayor calidad educativa de la oferta del nivel que responda a necesidades reales de formación, capacitación e investigación educativa de la región en las que las instituciones de nivel superior no universitario están inmersas;

Que para cumplir con esos objetivos, esta Provincia dispuso determinadas medidas, tales como el establecimiento de las funciones de sus institutos de formación docente mediante el dictado del Decreto N° 2173/98, la aprobación de los planes de estudios de las carreras de formación docente en correspondencia con los aprobados a nivel federal, y el inicio del proceso de evaluación institucional de esos establecimientos y de las carreras que en ellos se cursan, esto último a partir del dictado del Decreto N° 939/99 que crea la Unidad de Evaluación pertinente con el fin de alcanzar la validación nacional de los títulos que estos institutos emiten;

Que para cumplimentar el desarrollo de las funciones que les son propias a los Institutos Superiores de la Provincia, el Decreto N° 3202/02 instituyó el régimen de presentación y aprobación de las ofertas de Postítulos de los mismos;

Que asimismo, y a los efectos de que los institutos alcancen los parámetros de evaluación curricular e institucional acordados en el Consejo Federal de Cultura y Educación, que prevén acciones de articulación con el nivel superior universitario, se impulsó la aprobación de la Ley Provincial N° 11.977 para instituir un Sistema de Suscripción de Convenios de mutua colaboración entre establecimientos de educación superior no universitaria y universidades oficiales o privadas;

Que uno de los objetivos de estos convenios es la homologación de estudios superiores provinciales con los universitarios para que nuestros egresados accedan a titulaciones universitarias y posgrados;

Que asimismo, el Decreto N° 3203/02, con el fin de incentivar la actualización y formación continua de los docentes que se desempeñan en este nivel, reguló la valoración de títulos, postítulos y posgrados que los mismos acrediten en oportunidad de aspirar a suplencias de cátedras o cargos;

Que por otro lado, debe destacarse que los Institutos Superiores Técnicos también se encuentran en proceso de reformulación pedagógica e institucional;

Que por lo tanto la Cartera Educativa propone ampliar y modificar en las reglamentaciones que regulan la actividad de los Institutos Superiores de la Provincia, tanto de gestión pública oficial como privada, los requisitos básicos para desempeñarse como profesor, regente o director en dichos establecimientos, en concurrencia con la calidad del servicio que a una institución formadora de docentes o profesionales técnicos le corresponde brindar, lográndose una coherencia entre los parámetros federales de evaluación curricular e institucional que son de imprescindible cumplimiento en función de la validación nacional de títulos;

Que al observar la...

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