Decreto 1356/2011

Fecha de disposición06 Septiembre 2011
Fecha de publicación13 Septiembre 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32233

Bs. As., 6/9/2011

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 de la misma fecha, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, los Decretos Nros. 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y el Expediente Nº 1-2002-13.817/11-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio de sus Delegaciones Sanitarias Federales, con sede en las distintas provincias del país, es responsabilidad del MINISTERIO DE SALUD, coordinar a nivel local, la ejecución y el control de cumplimiento de las Políticas Nacionales en materia de Salud, como así también de los programas que desarrolle el citado Ministerio en cumplimiento de dichas políticas.

Que en ese contexto y en el marco de la Política Sanitaria Nacional, resulta necesario adoptar los recaudos que contribuyan a revitalizar el rol institucional que cumple el MINISTERIO DE SALUD en la Provincia de SANTA CRUZ a través de la DELEGACION SANITARIA FEDERAL en esa Provincia, con el objeto de brindar asistencia técnica en la identificación de prioridades regionales en materia de salud y en la compatibilización de las mismas con las definidas a nivel nacional, como así también en la realización de estudios e implementación y desarrollo de acciones que permitan satisfacer las demandas específicas que se detecten, a través de apoyo técnico y/o financiero de la Nación.

Que a esos efectos, se hace necesaria la incorporación a la Delegación Sanitaria precedentemente referida, del recurso humano que coordine y ejecute las actividades pertinentes para el cumplimiento de los fines enunciados, asesorando directamente al titular de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, en los aspectos específicos a efectos de propiciar las medidas conducentes al cumplimiento de los objetivos señalados y posibilitar la instrumentación de las acciones respectivas.

Que la estructura organizativa del referido Ministerio, aprobada para su primer nivel operativo por el Artículo 3º del Decreto Nº 1343/07 y sus modificatorios, no prevé unidad alguna que contemple las acciones que se proyecta realizar en la Provincia de SANTA CRUZ y consecuentemente no se cuenta con un cargo...

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