Decreto 311/2023

Fecha de publicación15 Junio 2023
SecciónDecretos
EmisorCUIDADOS PALIATIVOS


Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-24957432-APN-DD#MS y la Ley N° 27.678, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 27.678 tiene como objeto asegurar el acceso de los y las pacientes a las prestaciones integrales sobre cuidados paliativos en sus distintas modalidades, en el ámbito público, privado y de la seguridad social y el acompañamiento a sus familias.

Que, a su vez, la citada ley establece los objetivos, definiciones y principios en que se sustentan, los que son enumerados en dicho cuerpo legal.

Que la referida norma determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL definirá a la Autoridad de Aplicación y le asignará funciones específicas.

Que, en tal sentido, se propone designar al MINISTERIO DE SALUD como Autoridad de Aplicación de la referida Ley N° 27.678, facultándolo para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva implementación.

Que con relación a la cobertura, se establece que el sistema público de salud, las obras sociales enmarcadas en las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, la Obra Social del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del CONGRESO DE LA NACIÓN, las entidades de Medicina Prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las Universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados o afiliadas, independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura en cuidados paliativos a las personas que lo necesiten en los términos de la mencionada ley, incluyendo como mínimo las prestaciones que determine la Autoridad de Aplicación.

Que, asimismo, corresponde proceder a reglamentar la citada Ley N° 27.678, sistematizando sus definiciones, requisitos, responsabilidades y precisiones, a los efectos de avanzar en su progresiva implementación y materializar los fines establecidos en su marco normativo.

Que han tomado intervención el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC) y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (SSS) en el ámbito de sus específicas competencias.

Que los servicios de asesoramiento jurídico permanentes han tomado la intervención de...

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