DECRETO 311 / 2019 DECRETO de 13 de Noviembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2019
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2019
Número de Boletín29624
Fecha de Publicación26 de Noviembre de 2019
Número de documento75502

DECRETO N° 311/3 (ME), del 13/11/2019.-

EXPEDIENTE N° 888/389-P-2017

VISTO que mediante las presentes actuaciones el señor Segundo Agenor Peralta, jubilado de la Dirección Provincial de Vialidad transferido a la Nación, gestiona el pago del retroactivo por diferencias de la Asignación Mensual y Personal (Código 140-556), conforme Ley N° 7.652, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 24 se adjunta copia del Decreto N° 2.435 del 30/7/2018, por el cual se autoriza a la Unidad de Control Previsional a fijar la Asignación Mensual y Personal (Cód. 040-556) en la suma de $1.318,73, a favor del Sr. Peralta.

Que a foja 27 el Jefe Departamental de la oficina de Movilidad del Instituto de Previsión y Seguridad Social (IPSST) informa que, conjuntamente con Subgerencia Previsional cumplen en liquidar retroactivo correspondiente por el período comprendido desde el 1/9/2017 a septiembre de 2018, por la suma de $13.110,30.

Que a foja 31 la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Economía emite informe favorable respecto al monto de la retroactividad y a foja 34 el Subsecretario de Gestión Previsional del Ministerio de Economía, se expide sin formular observaciones.

Que por Decreto N° 3.596/3 (SH) del 12/11/2009 modificado por Decreto 1.115/3 (ME) del 28/4/2010, se deja establecido que todos los reajustes de haberes correspondientes a jubilados y pensionados transferidos serán exclusivamente dispuestos por el Poder Ejecutivo.

Que por Resolución N° 1.543/ME del 28 de diciembre de 2009 se reglamentó el procedimiento a seguir para las reliquidaciones y/o reajustes de haberes previsionales derivados de la Ley N° 7.652.

Que a foja 37 emite el informe de su competencia el Departamento Auditoría de la Contaduría General de la Provincia, sin formular observaciones haciendo lo propio a foja 38 la Dirección General de Presupuesto.

Que en consecuencia y conforme lo dispuesto por las Leyes 7652 y 6772 y modificatorias, resulta menester proceder de conformidad a lo gestionado, dictando para ello la respectiva medida administrativa.

Por ello, y en mérito al Dictamen...

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