Decreto 287. Desígnase Subinterventor.

Fecha de disposición02 Febrero 2016
Fecha de publicación02 Febrero 2016
SecciónDecretos

Decreto 287/2016

Desígnase Subinterventor.

Bs. As., 01/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0012514/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley N° 24.076, los Decretos Nros. 571 de fecha 21 de mayo de 2007 y 164 de fecha 13 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.076 creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), Organismo Autárquico que tiene como objeto la regulación y fiscalización de los servicios públicos de transporte y distribución de gas por redes, velando por la seguridad, calidad y eficiencia de dicha prestación.

Que mediante el Decreto N° 571 de fecha 21 de mayo de 2007 se dispuso la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) por el plazo, prorrogable, de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.

Que por el Decreto N° 164 de fecha 13 de enero de 2016, se ha prorrogado la Intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

Que a través del citado Decreto N° 164 de fecha 13 de enero de 2016, se designó a D. David José TEZANOS GONZÁLEZ (M.I. N° 13.566.050) como Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

Que la amplitud y complejidad de los temas que debe resolver el Organismo Regulador hace necesario designar un Subinterventor que pueda reemplazar al Interventor en caso de ausencia, y por otra parte, resolver los distintos temas que en forma expresa le delegue el Interventor para el cumplimiento de los objetivos de la Intervención.

Que el Ingeniero Metalúrgico D. Daniel Alberto PERRONE (M.I. N° 6.082.065), propuesto para cubrir el cargo de Subinterventor del referido Organismo, reúne los requisitos necesarios de idoneidad y especialización conforme lo acreditan sus antecedentes técnicos y profesionales para desempeñar dicha función.

Que las designaciones del Interventor y del Subinterventor no implicarán impedimento alguno para participar del proceso de selección para cubrir los cargos de miembros del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) de acuerdo al Artículo 54 de la Ley N° 24.076.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 99 incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

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