Decreto 2695-2008
Fecha de la disposición | 5 de Noviembre de 2008 |
DECRETO N° 2695
Santa Fe, 5 de Noviembre de 2008.
VISTO:
El Expediente N° 00320-0004185-7 del Registro del SIE relacionado con otorgamiento de una asignación complementaria al Suplemento “Función Previsional y Mayor Jornada Horaria” que actualmente perciben los agentes que prestan servicios en el I.A.P.O.S., Caja de Jubilaciones y Pensiones, Caja de Pensión Social Ley 5110 y Ministerio de Trabajo.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 10.052 y su modificatoria Ley N° 12.750 se reunió la Comisión Paritaria Central, celebrándose en fecha 30 de Octubre de 2008 el Acta Acuerdo N° 06/2008 entre la Provincia de Santa Fe y la Unión del Personal Civil de la Nación Seccional Santa Fe, y ATE Consejo Directivo Provincial, Santa Fe;
Que en el Acta Acuerdo citada en el considerando precedente, se convino entre las partes intervinientes la creación de una Asignación Remunerativa No Bonificable, complementaria del Suplemento “Función Previsional y Mayor Jornada Horaria” par aquellos agentes que desempeñen funciones en el IAPOS, Caja de Jubilaciones y Pensiones, Caja de Pensión Social Ley 5110 y Ministerio de Trabajo;
Que, atento el acuerdo obtenido y en cumplimiento con las normas vigentes sobre el particular, se hace necesario dictar el acto que disponga la homologación del Acta Paritaria antes mencionada;
Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos dada por la Ley Anual de Presupuesto N° 12.850 y normas complementarias;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Homologase el Acta Acuerdo N° 06/2008 de la Comisión Paritaria Central, considerándose la misma parte integrante del presente Decreto.
Crease y otorgase a partir del 1° de octubre de 2008 una Asignación Especial Remunerativa Complementaria del Suplemento “Función Previsional y Mayor Jornada Horaria” para los agentes de la Administración Provincial que presten servicios en el IAPOS, Caja de Jubilaciones y Pensiones, Caja de Pensión Social Ley 5110 y Ministerio de Trabajo, que perciban el Suplemento “Función Previsional y Mayor Jornada Horaria”, consistente en una suma fija, determinada en función de la categoría que reviste del agente, sujeta a adecuación en futuras políticas...
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