Decreto 265/2007

Fecha de disposición27 Marzo 2007
Fecha de publicación27 Marzo 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31124

Recházase un recurso interpuesto en los términos del Artículo 85 de la Ley Nº 20.091 y sus modificatorias por la Asociación de Aseguradores Argentinos, contra la Resolución Nº 30.692/2005 de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Bs. As., 23/3/2007

VISTO el Expediente Nº 46.821/2005 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 19.550 y sus modificatorias y 20.091 y sus modificatorias, el Reglamento General de la Actividad Aseguradora aprobado por Resolución Nº 21.523 de fecha 2 de enero de 1992 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y sus modificaciones, y las Resoluciones Nros.

30.692 de fecha 7 de septiembre de 2005 y 30.810 de fecha 28 de noviembre de 2005, ambas del citado organismo de control, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto la ASOCIACION DE ASEGURADORES ARGENTINOS impugna, en los términos del Artículo 85 de la Ley Nº 20.091 y sus modificatorias, la Resolución Nº 30.692 de fecha 7 de septiembre de 2005 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por la Resolución Nº 30.810 de fecha 28 de noviembre de 2005 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION se rechazó el recurso de revisión previsto en el Artículo 85 de la Ley Nº 20.091 y sus modificatorias interpuesto oportunamente por la recurrente contra la Resolución Nº 30.692/05 del citado organismo.

Que la Resolución Nº 30.692/05 de la citada Superintendencia tiene por objeto clarificar algunas cuestiones relativas a los préstamos con garantía hipotecaria incluidos como inversiones admitidas en el Artículo 35 de la Ley Nº 20.091 y sus modificatorias.

Que dicha resolución incorpora al Reglamento General de la Actividad Aseguradora aprobado por Resolución Nº 21.523 de fecha 2 de enero de 1992 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y sus modificaciones, el punto 35.13 referente a los Préstamos con Garantía Hipotecaria.

Que la mentada resolución establece, entre otras cuestiones, que el límite del CINCUENTA POR CIENTO (50%), estatuido por el Artículo 35, inciso d) de la Ley Nº 20.091 y sus modificatorias, del bien valuado previamente a tal efecto por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION organismo actuante en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR