Decreto 121/2007

Fecha de disposición19 Febrero 2007
Fecha de publicación19 Febrero 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31098

Autorízase al Ministerio de Economía y Producción y al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a constituir la 'Fundación `Dr. Manuel Sadosky' de Investigación y Desarrollo en las Tecnologías de la Información y Comunicación' conjuntamente con otras instituciones y organismos.

Bs. As., 15/2/2007

VISTO el Expediente Nº 587/2006 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, y CONSIDERANDO:

Que el ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE EDUCACION,

CIENCIA Y TECNOLOGIA, ha manifestado pública y reiteradamente la necesidad de participar en el diseño de un programa que tenga por objeto sentar las bases y promover el desarrollo científico y tecnológico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) en la REPUBLICAARGENTINA, a través de actividades propias y asociadas, en los campos del software, la electrónica y las comunicaciones, con el propósito de alcanzar competitividad internacional en dichos sectores.

Que la producción y exportación de productos de alta densidad tecnológica por parte de nuestro país redundará, asimismo, en la consecuente creación de puestos de trabajo.

Que el crecimiento y la estabilidad macroeconómica, así como un sólido sistema educativo y de investigación, son condiciones necesarias pero no suficientes para garantizar un desarrollo económico sustentable y con equidad social.

Que resulta imprescindible avanzar en la implementación de un conjunto de políticas específicas destinadas a incorporar, de manera sistemática, conocimientos científicos y tecnológicos en la actividad económica del país, existiendo, en este sentido, un consenso generalizado acerca de que la base científica y tecnológica de la Nación es insuficiente para abordar las crecientes demandas tecnológicas provenientes de los sectores productivos y sociales.

Que la REPUBLICAARGENTINA cuenta con posibilidades de incrementar significativamente el contenido tecnológico de su producción, proceso éste que en los últimos años ya ha sido iniciado por diversos sectores de la economía.

Que el acceso a capacidades tecnológicas de punta, como lo demuestra la experiencia internacional, debe ser impulsado y compartido tanto por el Sector Público como por el Sector Privado, permitiendo de esta forma los más variados y complejos desarrollos tecnológicos aplicados a la realidad en forma directa y específica y un continuo incremento de la productividad, contribuyendo a través de ello a la reducción de la pobreza y de las disparidades que hoy existen en la sociedad argentina.

Que resulta conveniente la creación de una Fundación por parte del ESTADO NACIONAL y de prestigiosas entidades de los Sectores Público y Privado con competencia en la materia, para lograr los objetivos y fines antes enunciados, garantizando que dicha entidad será útil en la incorporación y transferencia de valor agregado al sector, como elemento clave en la búsqueda de competitividad.

Que la evolución de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) a escala mundial exhibe procesos y mecanismos de articulación entre los Sectores Público y Privado, a fin de lograr un mayor grado de eficiencia en la producción de bienes y servicios nacionales.

Que el ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE EDUCACION,

CIENCIA Y TECNOLOGIA, ha decidido participar activamente en la promoción de la actualización tecnológica en el campo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs).

Que, en este sentido, diversas entidades de los Sectores Público y Privado han manifestado su interés de participar en las acciones y emprendimientos relativos al objeto de la Fundación contemplada en el presente decreto.

Pág.

2099/2006

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO 2097/2006

PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION 132/2007

SECRETARIA DE DEPORTE 2095/2006

DECISIONES ADMINISTRATIVAS ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES 1285/2006

1286/2006

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR 1284/2006

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS 1289/2006

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 1283/2006

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION 1290/2006

1291/2006

1292/2006

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO 1287/2006

1288/2006

8 6

7 11

Pág.

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 16

MATICOS --CESSI--, CAMARA DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA --CICOMRA--,

INTERCAMARA DE LA INDUSTRIA ELECTRONICA --en formación--, CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL --CIN-, CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS --CONICET--, dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, e INSTITUTO NACIONAL DETECNOLOGIA INDUSTRIAL --INTI--, organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en virtud de las competencias específicas que las mismas poseen.

Que las instituciones mencionadas han propuesto que la Fundación a ser creada lleve el nombre del Doctor D. Manuel SADOSKY, reconocido matemático, ex Vicedecano de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, ex Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación, responsable del establecimiento de 'Clementina', la primera gran computadora de la REPUBLICA ARGENTINA y mentor de la Escuela Superior Latinoamericana de Informática --ESLAI--.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE EDUCACION,

CIENCIA Y TECNOLOGIA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a constituir la 'FUNDACION `DR. MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIONY COMUNICACION', conjuntamente con las siguientes instituciones y organismos: CAMARA DE EMPRESAS DE SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMATICOS --CESSI--, CAMARA DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA --CICOMRA--, INTERCAMARA DE LA INDUSTRIA ELECTRONICA --en formación--, CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL --CIN--, CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS --CONICET--, dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION,

CIENCIAY TECNOLOGIA, e INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL --INTI-organismo autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sobre la base de los Proyectos de 'ACTA DE CONSTITUCION' y de 'ESTATUTO' que, como Anexos I y II respectivamente, forman parte integrante del presente decreto, facultándolos para introducir en dichos instrumentos las modificaciones y/o ampliaciones que fueran menester, conforme lo requiera la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, sin que ello pueda implicar la desnaturalización de los principios y fundamentos de la citada entidad.

Art. 2º

Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a efectuar en partes iguales el aporte del ESTADO NACIONAL necesario para la constitución de la 'FUNDACION `DR. MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIONY COMUNICACION' por la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000), el cual se hará efectivo con posterioridad a la suscripción del Acta de Constitución y a la aprobación del Estatuto de la misma y en forma previa a la presentación de la documentación respectiva ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.098 3Lunes 19 de febrero de 2007

La suma referida será depositada en el BANCO DE LA NACION ARGENTINA a la orden de la 'FUNDACION `DR. MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION' conforme a las prescripciones establecidas por la Ley Nº 19.836, sus decretos reglamentarios y normas de inscripción de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Art. 3º

Autorízase al Secretario de Industria,

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA para integrar los distintos cuerpos orgánicos de la 'FUNDACION `DR. MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION', conforme a lo establecido en el Estatuto de la misma.

Art. 4º

Autorízase al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS --CONICET-- y al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL --INTI-- para constituirse como Fundadores e integrar los distintos cuerpos orgánicos de la 'FUNDACION `DR.

MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION', conforme a lo establecido en el Estatuto de la misma.

Art. 5º

Los aportes a que se refiere el Artículo 2º del presente decreto estarán destinados a implementar las acciones a encarar para el logro de los fines de la 'FUNDACION `DR. MANUEL SADOSKY' DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION'.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- KIRCHNER. -- Alberto A. Fernández...

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