DECRETO 2634 / 2017 DECRETO de 18 de Agosto de 2017
Fecha de Entrada en Vigor | 2 de Septiembre de 2017 |
Fecha de la disposición | 18 de Agosto de 2017 |
Número de Boletín | 29077 |
Fecha de Publicación | 1 de Septiembre de 2017 |
Número de documento | 61572 |
DECRETO N° 2.634/1 (FE), del 18/08/2017.-
EXPEDIENTE N° 874/170-DJ-15 y Agreg.-
VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago en concepto de honorarios regulados al Dr. Adolfo López Vallejo, en el Juicio: "Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán c/ El Salvador S.A. S/Especiales (Residual). (Acción Autónoma de Revisión por Cosa Juzgada Irrita)" (Expte. N° 524/11) que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial Común de la V Nominación, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 28 se adjunta el Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1(FE)-16 Anexo II).
Que a fs. 29 se agrega copia de la Sentencia de Regulación de Honorarios N° 390 de fecha 10 de agosto de 2015.
Que a fs. 36 Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante dicha Sentencia se regulan Honorarios al Dr. Adolfo López Vallejo en la suma de $363.424,16 por las actuaciones cumplidas en relación al proceso principal. Indica que las costas fueron impuestas a la Provincia de Tucumán, que las sentencias de fondo y de regulación de honorarios se encuentran firmes y que la deuda debe abonarse en efectivo ya que se trata de deuda no consolidada. Agrega que no existen registros de pagos, embargos o cesiones por tal concepto. Indica que a esos montos debe agregarse el aporte correspondiente a la Ley N° 6.059 $36.342,42 y en concepto de IVA por ser el profesional responsable inscripto, la suma de $76.319,07.- Para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la sentencia de regulación de honorarios es el 13 de agosto de 2015.
Que a fs. 37 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado informa que no se registran pagos bajo estos conceptos en el juicio de referencia.
Que a fs. 39/40 y 43/44 Dirección de Auditoría y Dirección Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado practican planillas de liquidación.
Que a fs. 47 se consigna la imputación presupuestaria que absorberá el gasto.
Que a fs. 50 Secretaría de Estado de Hacienda toma intervención sin efectuar observaciones, verificando el monto de $651.620,58.
Que a fs. 51 Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el...
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