DECRETO 2351 / 2020 DECRETO de 11 de Diciembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor24 de Diciembre de 2020
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2020
Número de Boletín29884
Fecha de Publicación23 de Diciembre de 2020
Número de documento79817

DECRETO N° 2.351/1 (FE), del 11/12/2020.

EXPEDIENTE N° 938/170-DJ-20.-

VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado, solicita autorización para aceptar el desistimiento del proceso presentado por la actora en el juicio caratulado: "BIG MATCH S.A. C/ Provincia de Tucumán S/Inconstitucionalidad" (Expte. 214/20), que tramita ante la Exma. Cámara Contencioso Administrativo, Sala I, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado, indica que carece de potestad para prestar la conformidad requerida por el artículo 198 3° párrafo del Código de Procedimiento Civil y Comercial de Tucumán y solicita se emita dictamen y acto administrativo pertinente a tales fines.

Que a fs. 2 agrega copia del desistimiento presentado en el juicio iniciado en contra de la Provincia de Tucumán en los términos del artículo 197 el C.P.C.yC.T., donde solicita, además, que las costas sean impuestas en el orden causado.

Que al respecto, el artículo 114 del mencionado digesto, indica que las costas serán a cargo de la parte que desiste, salvo que el desistimiento se debiese a cambio de legislación o juñsprudencia, lo que no ocurre en el presente caso.

Que el artículo 8° inc. 2) de la Ley N° 8.896 expresa que el Fiscal de Estado tiene los siguientes deberes y atribuciones: "... Representar a la Provincia en todos los procesos, procedimientos y trámites judiciales y/o extrajudiciales en que aquella sea parte o actúe como tercero interesado pudiendo delegar o sustituir facultades a favor de los Subsecretarios, Directores y abogados del Organismo, mediante resolución, nota-poder o escritura pública. Sin instrucción del Gobernador de la Provincia no podrá allanarse, acordar, transar, desistir, comprometer en árbitros, arbitradores o amigables componedores..."

Que de acuerdo a lo expresado, corresponde al Poder Ejecutivo, mediante Decreto, autorizar a la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado a aceptar el desistimiento del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR