Decreto 1371/2010

EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2010

Lunes 27 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.995 3

CONSIDERANDO:

Que la FUNDACION ABDEL KADER (C.U.I.T. N'º30-71052304-1), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanÃas, folletos impresos y ropa tÃpica de cada paÃs, originarios y procedentes de los paÃses participantes en la “2da. EXPO INTERNACIONAL FORMOSA”, a realizarse en el Centro Cultural Municipal, Provincia de FORMOSA (REPUBLICA ARGENTINA), del 30 de septiembre al 17 de octubre de 2010.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro paÃs con los demás paÃses participantes.

Que los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanÃas, folletos impresos y ropa tÃpica de cada paÃs, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados, durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000.-), por paÃs participante.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486 ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009 y 165 de fecha 15 de mayo de 2009 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y su modificatoria.

Que han tomado intervención los Servicios JurÃdicos competentes en virtud de lo dispuesto por el artÃculo 7'º, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º19.549.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el ArtÃculo 5'º, inciso

s) de la Ley N'º 20.545 incorporado por el artÃculo 1'º de la Ley N'º21.450 y mantenido por el artÃculo 4'º de la Ley N'º22.792.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — ExÃmese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadÃstica y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanÃas, folletos impresos y ropa tÃpica de cada paÃs, originarios y procedentes de los paÃses participantes en la “2da. EXPO INTERNACIONAL FORMOSA”, a realizarse en el Centro Cultural Municipal, Provincia de FORMOSA (REPUBLICA ARGENTINA) del 30 de septiembre al 17 de octubre de 2010, para su exhibición, obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000.-) por paÃs participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2

'º â ExÃmese del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 485 y 486 ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 343...

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