Decreto 2569/2002
Fecha de disposición | 12 Diciembre 2002 |
Fecha de publicación | 12 Diciembre 2002 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 30046 |
REFORMA DE LOS ESTADOS REFORMA DE LOS ESTADOS PROVINCIALES
Decreto 2569/2002
Fondo para la Transformación de los Sectores Públicos Provinciales. Modificación del Decreto N° 678/93
Bs. As., 11/12/2002
VISTO las Leyes números 25.561 y 25.563 y su modificatoria, los Decretos números 678 del 7 de abril de 1993, 919 del 11 de septiembre de 1997 y concordantes, el Expediente N° 6022/2002 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, y
CONSIDERANDO:
Que el PROGRAMA DE REFORMA DE LOS ESTADOS PROVINCIALES acordado mediante el PRESTAMO BIRF - 3836 AR, financió la constitución del FONDO PARA LA TRANSFORMACION DE LOS SECTORES PUBLICOS PROVINCIALES
Que la NACION ARGENTINA es la prestataria de dicho Préstamo que fue íntegramente ejecutado mediante desembolsos en sus tres tramos, previo cumplimiento de las condicionalidades impuestas, en los años 1995, 1996 y 1997.
Que el Fondo así constituido ha otorgado préstamos a DIECISEIS (16) provincias con el propósito de apoyar los procesos de transformación de los sectores públicos.
Que como producto del repago de los Préstamos, el Fondo cuenta con una disponibilidad financiera en moneda nacional.
Que como consecuencia de la crisis económico financiera se ha declarado la emergencia pública para los diversos sectores de la economía, incluyendo el sector productivo.
Que es uno de los propósitos del PODER EJECUTIVO NACIONAL reactivar la economía y mejorar el nivel de empleo, priorizando los programas de desarrollo de las economías regionales.
Que en virtud de ello es necesario maximizar los esfuerzos utilizando todas las herramientas disponibles para apoyar la recuperación de los sectores afectados.
Que por otra parte la crisis económica ha repercutido en la capacidad de las Provincias y los Municipios, para llevar adelante obras públicas de infraestructura aún aquellas de menor envergadura, que a su vez puedan actuar como palanca para procesos de reactivación de sectores productivos provinciales y municipales.
Que las jurisdicciones que hayan iniciado el Programa de Transformación del Sector Público Provinciales deben ser apoyadas en el espíritu enunciado en los considerandos previos, para continuar con las acciones necesarias a tal fin.
Que es necesario asegurar un capital operativo del Fondo a fin de facilitar el financiamiento del Programa.
Que por otra parte es oportuno hacer adecuaciones operativas para optimizar el funcionamiento del...
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