Decreto 564/2002
Fecha de disposición | 08 Abril 2002 |
Fecha de publicación | 08 Abril 2002 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 29872 |
ADMINISTRACION PUBLICA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 564/2002
Modifícase el Decreto Nº 357/2002, con la finalidad de readecuar las responsabilidades de las distintas áreas políticas del Ministerio del Interior.
Bs. As., 27/3/2002
VISTO el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, entre otras consideraciones, se aprobó el organigrama de aplicación en la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que del análisis de las reformas que se llevaron a cabo en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR, surge la necesidad de implementar una readecuación de las responsabilidades de las distintas áreas políticas del citado Departamento de Estado, las que fueran oportunamente aprobadas mediante el dictado del referido Decreto Nº 357/2002.
Que en ese sentido, la medida que se propicia tiene su fundamento en facilitar las tareas conducentes para la debida aplicación de los criterios de racionalidad y eficiencia encarados por el Gobierno Nacional, que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y aceptables a los cambios permanentes.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 -Organigrama de Aplicación del Apartado XIII-, la parte correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente Artículo se acompaña.
Art. 2º - Modifícase del Apartado XlII, Anexo II, al Artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 -Objetivos-, la parte pertinente a las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DEL INTERIOR, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en las planillas que, como anexas al presente Artículo, forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - DUHALDE. - Jorge M. Capitanich. - Rodolfo F. Gabrielli.
XIII - MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
SUBSECRETARIA DE INTERIOR
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
SECRETARIA DE PROVINCIAS
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
PLANILLAS ANEXAS AL ARTICULO 2º
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS:
-
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
-
Coordinar en todo lo atinente a las cuestiones administrativas y económico-financieras de las áreas centralizadas y descentralizadas que conforman el MINISTERIO DEL INTERIOR.
-
Coordinar con la UAI (Unidad de Auditoría Interna) y la SIGEN (Sindicatura General de la Nación) la observancia de la aplicación de los Sistemas de Control Interno.
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Gestionar y asistir en la asignación y en la supervisión de la ejecución de fondos con destino a las provincias y municipios provenientes de los organismos multilaterales de...
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