DECRETO 2109 / 2017 DECRETO de 10 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2017
Fecha de la disposición10 de Julio de 2017
Número de Boletín29051
Fecha de Publicación26 de Julio de 2017
Número de documento60854

DECRETO N° 2.109/3 (SH), del 10/07/2017.

EXPEDIENTE N° 6.181/311-D-2016.-

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Comercio Interior tramita la adquisición de un escaner profesional, y

CONSIDERANDO:

Que, previamente, resulta necesario exceptuar a la recurrente de la restricción del Artículo 5° del Decreto N° 4/3(SH) del 9 de enero de 2017, que prohíbe realizar erogaciones de Bienes de Capital, dictando la pertinente medida administrativa.

Por ello, atento a lo informado por Dirección General de Presupuesto a foja 15, Contaduría General de la Provincia a foja 17 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.386 del 22 de junio de 2017 obrante a foja 19 de estos actuados,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Exceptuase a la Jurisdicción 11 -SAF MGJS - DIR

ADM. MIN. GOB. JUST. y SEG., Programa 43 -C.E. N° 249.1 -Ley N° 8.365 -Proc. p/Def. Der. y Gtías. Consum y Us., de la restricción del Artículo 5° del Decreto N° 4/3(SH) del 9 de enero de 2017, para la adquisición de Bienes de Capital cuya provisión tramita, hasta la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000.-).

ARTICULO 2° El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de...

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