Decreto 2001/2014

Fecha de la disposición29 de Octubre de 2014



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2001/2014

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Gestión del Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 29/10/2014

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0056364/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 1158 de fecha 13 de agosto de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 1158 de fecha 13 de agosto de 2013 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a Dn. Miguel Gerardo GARAYCOECHEA (D.N.I. N° 11.683.996), en un cargo Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I, como Director Nacional de Gestión del Desarrollo Sustentable de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar una prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio reglamentario del...

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