Decreto 1547/2015

Fecha de disposición31 Julio 2015
Fecha de publicación13 Agosto 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33192



PRESUPUESTO

Decreto 1547/2015

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la Dirección de Obra Social del Servicio Penitenciario Federal.

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0217617/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del Anexo al Decreto N° 1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto N° 1.776/07 determinó en su Artículo 3° que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto N° 1.776/07.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

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