DECRETO 1515 / 2019 DECRETO de 22 de Mayo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Junio de 2019
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2019
Número de Boletín29506
Fecha de Publicación 4 de Junio de 2019
Número de documento72574

DECRETO N° 1.515/1 (FE), del 22/05/2019.-

EXPEDIENTE N° 5.319/410-G-17 y Agreg.-

VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de honorarios regulados al Dr. Florencio Leonardo Guillen en el Juicio: "Barro Ezequiel Emmanuel C/ Provincia de Tucumán S/ Daños y Perjuicios" (Expte. N° 533/11), que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala II, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1(FE)-16 Anexo II) y a fs. 3/4 se agrega copia de Sentencia N° 174 del 26 de abril de 2017 regulatoria de honorarios.

Que a fs. 12 la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Sistema Provincial de Salud (Si.Pro.Sa.) indica que se ha dado cumplimiento con los parámetros dispuestos por la Ley N° 8.851 y su Decreto Reglamentario N° 1.583/1(FE)-16.

Que a fs. 17 la Dirección General de Recursos Financieros del Si.Pro.Sa. informa que no existen pagos en el juicio de la referencia.

Que a fs. 20/21 y 26/27 la Dirección de Registro de Sentencias y la Dirección de Auditoría de Fiscalía de Estado, practican planillas de liquidación, ascendiendo la última a la suma total de $303.070,65.

Que a fs. 24 de adjunta Constancia de Opción ante la AFIP del Dr. Guillen.

Que a fs. 33 obra la imputación presupuestaria que atenderá el gasto.

Que a fs. 37 la Contaduría General de la Provincia emite informe de su competencia y a fs. 38 hace lo propio la Dirección General de Presupuesto.

Que a fs. 39 la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado informa que el orden de prelación conforme al artículo 4° de la Ley N° 8.851 corresponde al número 52 y la fecha de notificación a la Provincia de la sentencia de regulación de honorarios, es el 28 de abril de 2017.

Que la Ley N° 8.851, en su artículo 3° dispone que los pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Provincial serán satisfechos dentro de las...

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