Decreto 150/2021

Fecha de publicación10 Marzo 2021
SecciónDecretos
EmisorNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR


Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-08025543-APN-DGDA#MEC y las Leyes Nros. 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones y 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones, los Decretos Nros. 230 del 4 de marzo de 2020, 789 del 4 de octubre de 2020 y 1060 del 30 de diciembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en el apartado 1 del artículo 755 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a gravar con derechos de exportación la exportación para consumo de mercadería que no estuviere gravada con este tributo, a desgravar del derecho de exportación la exportación para consumo de mercadería gravada con este tributo y a modificar el derecho de exportación establecido.

Que mediante el apartado 2 del artículo citado precedentemente se establece que, salvo lo que dispusieren leyes especiales, las facultades otorgadas en el apartado 1 únicamente podrán ejercerse con el objeto de cumplir alguna de las siguientes finalidades: a) asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional; b) ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior; c) promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetales; d) estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de ofertas adecuado a las necesidades de abastecimiento del mercado interno y e) atender las necesidades de las finanzas públicas.

Que el presente decreto tiene entre sus objetivos atender al cumplimiento de las finalidades señaladas en el apartado 2 del artículo 755 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, en particular asegurar el máximo posible de valor agregado en el país con el fin de obtener un adecuado ingreso para el trabajo nacional.

Que mediante el Decreto N° 230 del 4 de marzo de 2020 fueron fijadas las alícuotas de Derechos de Exportación para diferentes mercaderías, en su mayoría de origen agroindustrial.

Que a través del Decreto N° 789 del 4 de octubre de 2020 se establecieron las alícuotas de Derechos de Exportación para otras mercaderías, en su mayoría de origen industrial, y se corrigieron ciertas asimetrías de alícuotas preexistentes.

Que mediante el Decreto N° 1060 del 30 de diciembre de 2020 se modificaron las...

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