Decreto 1289. Unidad Médica Presidencial. Decreto N° 620/2008. Modificación.

Fecha de disposición22 Diciembre 2016
Fecha de publicación22 Diciembre 2016
SecciónDecretos

Decreto 1289/2016

Unidad Médica Presidencial. Decreto N° 620/2008. Modificación.

Buenos Aires, 21/12/2016

VISTO el Expediente EX-2016-01263449-APN-DDMYA#SGP del registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 620 de fecha 10 de abril de 2008, 1642 de fecha 7 de octubre de 2008, 1757 de fecha 16 de noviembre de 2009, 855 de fecha 16 de junio de 2010, 1156 de fecha 3 de agosto de 2011, 321 de fecha 25 de marzo de 2013, 227 de fecha 20 de enero del 2016, 692 de fecha 18 de mayo de 2016, 915 de fecha de 4 de agosto de 2016 y 981 de fecha 2 de setiembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el Decreto N° 620/08 y sus modificatorios, se incorporó a la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL, a cargo de UN (1) Director asistido por UN (1) Subdirector y UN (1) Coordinador.

Que por el Decreto N° 321/13 se creó el cargo extraescalafonario de Asesor Médico, con rango y jerarquía de Subsecretario, dependiente de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL.

Que por los Decretos Nros. 1642/08, 855/10, 1156/11 y 915/16 se incorporó a dicha UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL UN (1) Cuerpo Médico conformado por médicos asistentes.

Que por el Decreto N° 981/16, se creó el cargo extraescalafonario de Médico Pediatra, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 10 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dependiente de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL.

Que a efectos de adecuar el funcionamiento de la UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL a las actuales necesidades de la Presidencia de la Nación resulta necesario modificar su conformación, y funciones asignadas a sus integrantes.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que, asimismo, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se expidió en su carácter de Servicio Jurídico de la Jurisdicción.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Sustitúyese el Artículo 2° del Decreto N° 620/08 modificado por su similar N° 1642/08, el que quedará redactado de la siguiente manera: "La UNIDAD MÉDICA PRESIDENCIAL estará a cargo de UN (1) Director, de carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Secretario asistido por UN (1) Subdirector, de carácter extraescalafonario, con rango y jerarquía de Subsecretario, UN (1) Asesor Médico, con rango y jerarquía de Subsecretario, UN (1) Coordinador, de...

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