Decreto 1086-2004

Fecha de la disposición19 de Julio de 2004

DECRETO N° 1086

SANTA FE, 18 DE JUNIO DE 2004

VISTO:

El expediente Nº 00201-0094086-0, del registro del Sistema de Información de Expedientes (MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO), mediante el cual se gestiona la asignación de un Suplemento no remunerativo no bonificable por “Presentismo” para el personal de la Policía de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia y Instituto Autárquico Provincial de Industrias Penitenciarias, en virtud de las razones expuestas a continuación; y

CONSIDERANDO:

Que para ello resulta necesario ampliar el Presupuesto vigente en la Jurisdicción 20 - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, mediante la reducción compensatoria de créditos disponibles en la Jurisdicción 91 -Obligaciones a Cargo del Tesoro, por la suma de $ 6.897.400;

Que resulta necesario a fin de hacer viable la presente gestión exceptuarla de lo dispuesto en el Decreto Nº 0235/96;

Que la gestión se ajusta a la autorización conferida en el artículo 8 de la Ley Nº 12.262 - Complementaria del Presupuesto año 2004 y artículo 48 de la Ley Nº 1757/56 de Contabilidad, modificada por el artículo 1 de la Ley Nº 10580;

Que la medida se fundamenta en la necesidad de propender a que exista uniformidad en cuanto a los beneficios de asistencia y puntualidad en los distintos estamentos del personal de la Administración Pública Provincial, fijando sus excepciones y alcances;

Que corresponde dar igual tratamiento al personal de seguridad en relación a sus pares de otras áreas de la Administración;

Que los artículos 28 y 29 de los Decretos Nros. 4413/79 y 0549/81 no prevén dentro del régimen de franquicias el fallecimiento del o la conviviente, aspecto sí considerado en otras normativas provinciales, tal como se contempla en el artículo 63 inciso j) del Decreto Nº 1919/89;

Que con el objeto de remediar tal situación es necesaria la incorporación de la excepción en los citados decretos;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º

Exceptúase la presente gestión de lo dispuesto en el Decreto Nº 0235/96.

ARTICULO 2º

Modifícase el Presupuesto General vigente Ley Nº 12.261, en la Jurisdicción 20 - MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO, Inciso 1 - Gastos en Personal (AMPLIACION), por la suma total de $ 6.871.300 (Pesos Seis Millones Ochocientos Setenta Y Un Mil Trescientos), y en la Jurisdicción 91 OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO (REDUCCION) por la suma total de $ 6.897.400 (Pesos Seis Millones Ochocientos Noventa y Siete Mil Cuatrocientos), en un todo de acuerdo con las Planillas Anexas “A” y “B” que se agregan y forman parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 3º

Modifícase el Presupuesto General vigente Ley Nº 12.261, en la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, en el Inciso 9 - Gastos Figurativos “Contribución para Financiar Déficit I.A.P.I.P.”, (AMPLIACION), por la suma de $ 26.100 (Pesos Veintiséis Mil Cien) en todo de acuerdo con las Planillas Anexas “C” que se agrega y forma parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 4º

Amplíase el Cálculo de...

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