Decreto 103/2022

Fecha de publicación03 Marzo 2022
SecciónDecretos
EmisorACUERDOS


Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-112724899-APN-DNRYRT#MT, la Ley 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y el Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06, el 26 de noviembre de 2021, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y se celebró la referida Acta Acuerdo en la fecha indicada.

Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron sustituir los artículos 128 y 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial (CCTS) del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) y la cláusula Tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021, homologada por el Decreto N° 415/21.

Que, asimismo, las partes establecieron pautas para la aplicación de los criterios establecidos en los citados artículos 128 y 31.

Que, a su vez, acordaron que el personal contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las modalidades previstas por el artículo 9° de la Ley N° 25.164 en el ámbito del Tribunal de Tasaciones de la Nación percibirá una Compensación Transitoria.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención...

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