Decreto 1.564 de 27 de junio de 2006

La Plata, 27 de junio de 2006.

VISTO el expediente Nº 21557-20819/05 y agregados sin acumular que se indican expresamente en el ANEXO 1 del presente, por los cuales se gestiona el beneficio de Pensión Social Islas Malvinas establecido por la Ley 12006, modificatoria por las Leyes 12317, 12401, 13324 y su Decreto Reglamentario Nº 4097/97, y

CONSIDERANDO:

Que de los antecedentes obrantes en autos no surge acreditado el cumplimiento del recaudo exigido por el artículo 2 de la Ley 12006, modificada por Ley 13324;

Que de conformidad con la Asesoría General de Gobierno y la vista del Señor Fiscal de estado, procede dictar el presente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º

Deniégase el beneficio de Pensión Social Islas Malvinas, establecido por la Ley 12006, y modificada por las Leyes 12317, 12401, 13324 y su Decreto Reglamentario Nº 4097/97, a los peticionantes que se indican expresamente en el ANEXO 1 del presente Decreto, el cual consta de 1 foja, atento lo expuesto en los considerandos del presente.

ARTICULO 2º

El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese al Señor Fiscal de Estado. Comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y pase al Instituto de Previsión Social. Cumplido archívese.

Roberto Mario Mouillerón Felipe Solá Ministro de Trabajo Gobernador de la Pcia. de Bs. As. ANEXO 1

Expte: 21557-20819/05

D.N.I.: 14.595.240

ALFONSIN, Roberto, Hilario

Domicilio: Av. Caseros Nº 1535. Piso...

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