Decreto 1.066

DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

DECRETO 1.066.

La Plata, 1° de diciembre de 2014.

VISTO el expediente N° 2174-87/14 de la Secretaría de Servicios Públicos, el Decreto Nº 878/03, el Decreto N° 3.144/08, el Decreto Nº 245/12 y el Decreto Nº 1.081/13 y, CONSIDERANDO:

Que a través del dictado del Decreto N° 517/02, ratificado por Ley N° 12.989, se dispuso la creación de Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA), para que asuma la prestación del servicio público de suministro de agua potable y desagües cloacales en la provincia de Buenos Aires;

Que por Decreto Nº 3.144/08 se aprobó el Régimen Tarifario para la prestación de los servicios de provisión de agua potable y desagües cloacales que debe aplicar ABSA a todos los usuarios comprendidos en la zona bajo su concesión, que sustituyó el Anexo Ñ del contrato de concesión;

Que por Decreto Nº 245/12 se estableció, a partir del 1º de junio de 2012, el valor del metro cúbico determinado en el apartado 4 del Régimen Tarifario vigente en la suma de pesos uno con seiscientos noventa y tres centavos ($ 1,693); Que desde la vigencia del valor del metro cúbico a que se refiere el considerando anterior, los precios de los diferentes insumos necesarios para la prestación del servicio, se han incrementado sensiblemente, por lo que la tarifa vigente resulta insuficiente para afrontar tales erogaciones;

Que en razón de lo expuesto, ABSA ha solicitado a la Secretaría de Servicios Públicos, en su carácter de Autoridad Regulatoria, un ajuste en el valor del metro cúbico, que tiende a compensar los costos emergentes de la prestación y a lograr la sustentabilidad operativa;

Que asimismo la Empresa propone modificar los rangos de consumo del “servicio medido” con el objetivo de fomentar el uso racional del recurso e incluir un “cargo de reposición de medidores” que deberán abonar todos los usuarios con servicio medido, y que será destinado para solventar los gastos inherentes al recambio de medidores ya instalados;

Que todo ello permitirá un aumento en los ingresos de la prestadora que será destinado a mejorar la calidad del servicio, incrementar el capital de trabajo, financiar gastos e inversiones en operación y mantenimiento y rehabilitación de activos que han superado ampliamente su vida útil, todo lo cual fue fundamentado por la documentación respaldatoria de su requerimiento, quedando acreditado de esta manera los hechos invocados como causa de la modificación solicitada;

Que ABSA, propicia...

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