Decisión Administrativa 918/2022

Fecha de publicación20 Septiembre 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 19/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-59001504-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0038-CDI22, llevada a cabo para la adquisición de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA (138.240) sobres del medicamento Raltegravir 100 mg y UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL (1.200.000) comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento Raltegravir 400 mg, solicitada por la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO DE SALUD.

Que la finalidad de la contratación es facilitar el acceso de los y las pacientes a las mencionadas drogas, de excelente tolerabilidad, mínimos efectos adversos y escasas interacciones, lo cual evita utilizar esquemas terapéuticos alternativos de segunda elección, especialmente en niños y niñas que no sean candidatos o candidatas para recibir su formulación en comprimidos, y beneficia a los niños expuestos y las niñas expuestas de alto riesgo a contraer infección por VIH.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 14 de julio de 2022, se recibió la oferta correspondiente a la firma MSD ARGENTINA S.R.L. para los renglones 1 y 2 por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($445.430.707,20).

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 27.437 y sus normas modificatorias y complementarias, ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente informe técnico del cual surge que la oferta de la firma MSD ARGENTINA...

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