Decisión Administrativa 770/2022

Fecha de publicación05 Agosto 2022
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”


Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-116801437-APN-DACMYSG#ANLIS, la Ley Nº 27.591, los Decretos Nros. 1683 del 11 de septiembre de 1992, 1628 del 23 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, 1133 del 25 de agosto de 2009, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 882 del 23 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 1628/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Jefe o Jefa del Departamento Micología del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que el referido Departamento se encuentra incluido como unidad orgánica de la estructura organizativa aprobada por el Decreto N° 1683/92, la que mantiene su vigencia en virtud de lo establecido por el artículo 4° del Decreto N° 1628/96.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no implica asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

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