Decisión Administrativa 429. Designaciones.

Fecha de disposición26 Junio 2017
Fecha de publicación26 Junio 2017
SecciónDecisiones Administrativas

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 429/2017

Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2017

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-SEG: 0008277/2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 15 de fecha 5 de enero de 2016 y 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 421 de fecha 5 de mayo de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 225 de fecha 1º de junio de 2016 y N° 326 de fecha 26 de julio de 2016, lo solicitado por el MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el artículo 7° de la citada Ley, se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 15/16 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por la Decisión Administrativa N° 421/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Ministerio.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 225/16 y su modificatoria N° 326/16 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo y las coordinaciones que en ella se detallan.

Que en el ámbito del citado Ministerio se encuentran vacantes los cargos involucrados en la presente medida, resultando indispensable proceder a sus coberturas transitorias de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que por el Decreto Nº 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo...

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