Decisión Administrativa 395/2015
Fecha de disposición | 24 Junio 2015 |
Fecha de publicación | 01 Julio 2015 |
Sección | Decisiones Administrativas |
Número de Gaceta | 33162 |
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decisión Administrativa 395/2015
Autorízanse contrataciones en el Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos “Madres de Plaza de Mayo”.
Bs. As., 24/06/2015
VISTO el Expediente N° S04:0015525/2015 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N° 26.995, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la aprobación de la contratación de DOS (2) personas que prestaban servicios en la UNIVERSIDAD POPULAR “MADRES DE PLAZA DE MAYO”, para desempeñarse en el INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS “MADRES DE PLAZA DE MAYO”, unidad funcional del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los términos del Decreto N° 1421/02, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 26.995.
Que por el artículo 9° del Anexo I al Decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que el artículo 2° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios dispone que aquellas contrataciones en que la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, serán aprobadas por el Ministro, Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION o Jefe de la CASA MILITAR.
Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que atento lo...
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