Decision Administrativa 174/2008

Fecha de disposición14 Mayo 2008
Fecha de publicación14 Mayo 2008
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31404

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otras previsiones que toda contratación sería efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Que por Decreto Nº 577/03 y su modificatorio, se modificaron determinados aspectos del Decreto Nº 491/02 relativos a los contratos, estableciéndose entre otros extremos, que las referidas contrataciones serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros en los casos de nuevos contratos que superen la suma mensual de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100) y en los casos de renovaciones o prórrogas en las cuales se modifique alguna de las condiciones originalmente pactadas.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 79 de fecha 21 de enero de 2008, se aprobó la contratación de las Doctoras Doña Viviana Laura DIAZ (M.I. Nº 16.823.206) y Doña Nidya Clarisa NEER (M.I. 5.799.090), y de la Asistente Social Doña Olga Nélida MARTIN (M.I. Nº 3.178.870) celebradas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01 por el período comprendido desde el 1º de enero al 31 de diciembre de 2008.

Que el notable incremento de las tareas asumidas por la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, amerita la adopción de una serie de medidas tendientes a fortalecer la gestión de la mencionada Unidad, a cuyo fin resulta necesario aprobar la enmienda a la contratación de las personas que se mencionan en el Anexo de la presente.

Que las personas cuyas enmiendas a la contratación se proponen reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto N° 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobadas las enmiendas a las contrataciones entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y las personas que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente medida, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo al Programa 01 Partida Presupuestaria 1.8.7 - Contratos Especiales, Fuente de Financiamiento 11 TESORO NACIONAL, correspondiente a la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.337.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto A. Fernández. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO PRESIDENCIA DE LA NACION Decisión Administrativa 173/2008

Danse por aprobados contratos celebrados en el ámbito de la Secretaría General, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Bs. As., 12/5/2008

VISTO la Ley 26.337 y los Decretos Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003 modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que mediante la citada Ley se aprueba el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008.

Que mediante el artículo 1º de la norma citada en cuarto término en el Visto, modificado por su similar Nº 149/07, se ha establecido que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR