Decisión Administrativa 284/2023

Fecha de publicación11 Abril 2023
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-74657827-APN-DNPID#MD, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia del agente de la planta permanente del MINISTERIO DE SALUD licenciado Rubén Darío SABARESO, quien revista en UN (1) cargo Nivel B - Grado 13, Agrupamiento Profesional, Tramo Avanzado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que dicha transferencia se fundamenta en que el referido agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que el agente mencionado ha prestado su conformidad a la transferencia y manifestó que la misma no le ocasiona menoscabo moral ni económico.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes de las jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b) apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE SALUD al licenciado Rubén Darío SABARESO (D.N.I. N° 20.472.608), quien revista en UN (1) cargo Nivel B - Grado 13, Agrupamiento Profesional, Tramo Avanzado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.

ARTÍCULO 2°.- El agente transferido por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel...

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