Decision Administrativa 1251/2006

Fecha de disposición13 Febrero 2007
Fecha de publicación13 Febrero 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31094

yectos de radicación de plantas de producción de Biocombustibles deberán cumplir los requisitos y condiciones fijados en el presente artículo, y en la normativa complementaria que apruebe la Autoridad de Aplicación.

Los sujetos beneficiarios, mencionados en el Artículo 13, inciso b) de la Ley Nº 26.093 que se instalen a partir de la vigencia del presente decreto, constituidos en la REPUBLICA ARGENTINA para conformar proyectos promocionados bajo la Ley Nº 26.093, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. El capital accionario social mayoritario será aportado por cualquiera de los siguientes sujetos:

  1. El ESTADO NACIONAL, la Nº 31.094 5Martes 13 de febrero de 2007

Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/ 02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional o internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Que el Decreto Nº 577/03 establece en su artículo 4º que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación que tramite por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000).

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha elevado la propuesta de contratación de un consultor cuya prestación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ARG/04/045 'APOYO A LA COMISION CASCOS BLANCOS FASE II'.

Que a solicitud del área detallada en el ANEXO I y a propuesta de la DIRECCION GENERAL DE COOPERACION INTERNACIONAL, han tomado la intervención que les compete el DIRECTOR NACIONAL del PROYECTO PNUD ARG/04/045 'APOYO A LA COMISION CASCOS BLANCOS FASE II', la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y el GABINETE DEL SEÑOR MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con el Decreto Nº 577/03.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébase la...

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