Decisión Administrativa 12. DA-2019-12-APN-JGM - Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019. Distributivo.

Fecha de disposición11 Enero 2019
Fecha de publicación11 Enero 2019
SecciónDecisiones Administrativas

PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 12/2019

DA-2019-12-APN-JGM - Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019. Distributivo.

Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-01127866-APN-DGD#MHA y la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, los Decretos Nros. 1118 y 1119 ambos del 10 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 5º de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros distribuirá los créditos como mínimo a nivel de las partidas limitativas que se establezcan en esta decisión administrativa y en las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes.

Que según lo dispuesto en el último párrafo de ese artículo, el Jefe de Gabinete de Ministros puede determinar las facultades para disponer reestructuraciones presupuestarias en el marco de las competencias asignadas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Que, asimismo, corresponde detallar las plantas de personal aprobadas en las planillas (A) anexas al artículo 6º de la citada ley.

Que entre las excepciones a la prohibición de aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra, en ese artículo se contemplan a las autoridades superiores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, por lo que procede definir los cargos comprendidos en ese concepto.

Que resulta necesario fijar el procedimiento de aprobación para la incorporación y reasignación de cargos en el nomenclador de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que es oportuno establecer que las jurisdicciones y entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL no podrán incrementar sus plantas de personal contratado, en los términos y con los alcances dispuestos en el Decreto Nº 632 del 6 de julio de 2018.

Que es necesario distribuir por rubros los recursos de la Administración Central, incluidos aquéllos con afectación específica, de los organismos descentralizados y de las instituciones de seguridad social.

Que es menester formular el cronograma de pagos de las contribuciones al Tesoro Nacional a que se hace referencia en el artículo 20 de la Ley Nº...

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